Arraigo Social en Cuenca

Guía completa para arraigo social en Cuenca. Requisitos, documentos, costes y pasos detallados. Información actualizada 2026.

Cuenca
extranjeria
6 min de lectura

Arraigo Social en Cuenca

El Arraigo Social es una herramienta fundamental para aquellos extranjeros que deseen regularizar su situación en España tras haber residido en el país durante al menos tres años. Esta modalidad permite obtener una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, siempre que se cumplan ciertos requisitos. En Cuenca, donde la comunidad de extranjeros ha ido creciendo en los últimos años, el Arraigo Social se presenta como una opción viable para muchos.

Si te encuentras en Cuenca y has estado viviendo en España sin la documentación adecuada, el Arraigo Social puede ser tu puerta de entrada a una vida laboral y social plena. A continuación, te ofrecemos una guía completa para facilitar el proceso de solicitud.

Requisitos

Para solicitar el Arraigo Social en Cuenca, debes cumplir con los siguientes requisitos acumulativos:

  • Permanencia continuada en España durante al menos 3 años, acreditada mediante un certificado de empadronamiento histórico.
  • Ausencia de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
  • Vínculos familiares con ciudadanos españoles o extranjeros residentes (cónyuge, pareja de hecho, hijos, padres, hermanos). Si no tienes vínculos familiares, necesitarás presentar un informe de arraigo social emitido por el ayuntamiento.
  • Contrato de trabajo firmado con una duración mínima de 12 meses, a jornada completa (o contrato parcial con salario superior al SMI), o un proyecto de actividad económica si es para trabajar por cuenta propia.
  • Compromiso del empleador de dar de alta al trabajador en la Seguridad Social tras la concesión de la autorización.
  • No encontrarse bajo el plazo de prohibición de entrada en España.
  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Documentación necesaria

Asegúrate de reunir la siguiente documentación antes de presentar tu solicitud:

  • Formulario oficial EX-10 (Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales) cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo original y copia de todas las páginas (vigente durante todo el periodo de tramitación).
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite 3 años de permanencia en España.
  • Certificado de antecedentes penales de España (expedido por el Ministerio de Justicia).
  • Certificado de antecedentes penales del país o países de nacionalidad y de residencia en los últimos 5 años (apostillado y traducido si no está en español).
  • Contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador con duración mínima de 1 año. Se requiere también que el empleador aporte:
    • Vida laboral de la empresa.
    • Modelo TC2 de la Seguridad Social.
    • Escrituras de constitución.
    • Último modelo 303 presentado.
    • Declaración responsable de medios económicos suficientes.
  • Alternativamente, si es por cuenta propia: proyecto de actividad económica detallado, inversión inicial, plan de negocio, alta en IAE, etc.
  • Documentación que acredite vínculos familiares (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de pareja de hecho, partida de nacimiento) o informe de arraigo social emitido por el ayuntamiento.
  • Justificante de pago de las tasas modelo 790 código 052 (aproximadamente 80€).
  • 3 fotografías tamaño carné recientes en color.

Dónde hacerlo en Cuenca

Puedes presentar tu solicitud de Arraigo Social en las siguientes oficinas:

  • Oficina de Extranjería de Cuenca
    • Dirección: Ctra. de Madrid, 1, 16002 Cuenca
    • Teléfono: 969 179 000

Es obligatorio solicitar cita previa a través de la web de extranjería o por teléfono antes de asistir a la oficina.

Coste

El coste de la solicitud del Arraigo Social incluye:

  • Tasa modelo 790 código 052: aproximadamente 80€, que se debe pagar al presentar la solicitud.
  • Si tu solicitud es aprobada, deberás abonar también la tasa de expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), que ronda los 16€.

Plazos

El plazo de resolución para el Arraigo Social es de 3 meses desde la presentación de la solicitud completa. Si transcurre este tiempo sin respuesta, se considera que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.

Pasos a seguir

A continuación, se detallan los pasos que debes seguir para solicitar el Arraigo Social:

  1. Verifica que cumples los 3 años de permanencia en España. Solicita un certificado de empadronamiento histórico en tu ayuntamiento.
  2. Consigue un contrato de trabajo firmado de al menos 1 año de duración. Tu empleador debe comprometerse a darte de alta en la Seguridad Social tras la aprobación.
  3. Reúne los certificados de antecedentes penales: de España (en el Ministerio de Justicia) y de tu país de nacionalidad (en la embajada o consulado).
  4. Si tienes familiares en España, reúne la documentación que lo acredite. Si no, solicita un informe de arraigo en tu ayuntamiento.
  5. El empleador debe preparar también su documentación: vida laboral de la empresa, modelo TC2, últimos modelos 303, escrituras, declaración responsable de medios económicos.
  6. Descarga y rellena el formulario EX-10 desde la web de extranjería.
  7. Realiza el pago de la tasa modelo 790 código 052 (aproximadamente 80€).
  8. Solicita cita previa en la Oficina de Extranjería de Cuenca.
  9. Acude a la cita con toda la documentación original y copias. Entrega el expediente completo.
  10. Realiza seguimiento del estado de tu solicitud online o por teléfono.
  11. Si se aprueba, recibirás una notificación. Solicita nueva cita para tus huellas y recoger la TIE.
  12. Tu empleador debe darte de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la aprobación.

Consejos prácticos

  • Prepara bien la documentación: El Arraigo Social es una vía exigente; asegúrate de que todo esté en regla.
  • El certificado de empadronamiento histórico es clave. Verifica que muestre correctamente tus 3 años continuados en Cuenca.
  • El contrato de trabajo debe ser auténtico. Extranjería revisa minuciosamente la capacidad económica del empleador.
  • Si no tienes familiares en España, solicita con tiempo el informe de arraigo social en tu ayuntamiento, ya que puede tardar varias semanas.
  • Recuerda que el silencio administrativo es negativo: Si pasan 3 meses sin respuesta, tu solicitud se considera denegada.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cuánto tiempo dura la autorización de Arraigo Social?
La autorización inicial es de 1 año, renovable por 2 años y luego por otros 2 años más.

2. ¿Qué sucede si me deniegan la solicitud?
Puedes analizar las causas de la denegación y subsanar los errores para volver a solicitarlo.

3. ¿Es necesario que el empleador me dé de alta en la Seguridad Social?
Sí, es imprescindible que el empleador te dé de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la concesión de la autorización.

4. ¿Qué hago si no tengo respuesta en el plazo de 3 meses?
Debes considerar que la solicitud se ha denegado por silencio administrativo y podrás presentar un recurso o volver a solicitarlo.

¿Tienes dudas sobre este trámite?

Pregunta a nuestra IA especializada en trámites españoles. Te responderá al instante.

💬 Hablar con la IA