Arraigo Social en Santander: Regulariza tu situación en España
El Arraigo Social es una vía de regularización excepcional que permite a los extranjeros en situación irregular en España obtener una autorización de residencia y trabajo. Si has permanecido en el país durante al menos tres años, has establecido vínculos con la sociedad española y cuentas con un contrato de trabajo, esta opción puede ser ideal para ti. En Santander, esta modalidad es especialmente relevante para quienes buscan integrarse y contribuir activamente a la comunidad.
Regularizar tu situación no solo te permitirá acceder a derechos laborales y sociales, sino que también te ofrecerá la oportunidad de construir un futuro más estable en España. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el Arraigo Social en Santander, incluyendo requisitos, documentación, dónde hacerlo y consejos prácticos para facilitar tu proceso.
Requisitos
Para poder solicitar el Arraigo Social en Santander, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Permanencia continuada en España durante al menos 3 años, acreditada mediante un certificado de empadronamiento histórico.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido durante los últimos 5 años.
- Tener vínculos familiares con ciudadanos españoles o extranjeros residentes (cónyuge, pareja de hecho, hijos, padres, hermanos) o presentar un informe de arraigo social emitido por el ayuntamiento si no tienes dichos vínculos.
- Disponer de un contrato de trabajo firmado por un período mínimo de 12 meses a jornada completa o un proyecto de actividad económica por cuenta propia.
- Compromiso del empleador de darte de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la concesión.
- No encontrarte dentro del plazo de prohibición de entrada en España.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
Documentación necesaria
Para presentar la solicitud de Arraigo Social, necesitarás reunir la siguiente documentación:
- Formulario EX-10 (Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales), debidamente cumplimentado y firmado.
- Pasaporte completo (original y copia de todas las páginas) que esté vigente durante todo el periodo de tramitación.
- Certificado de empadronamiento histórico que acredite 3 años de permanencia continuada en España.
- Certificado de antecedentes penales de España (expedido por el Ministerio de Justicia).
- Certificado de antecedentes penales de tu país de nacionalidad y de residencia en los últimos 5 años (apostillado y traducido si no está en español).
- Contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador, con duración mínima de 1 año. El empleador debe aportar también: vida laboral de la empresa, modelo TC2 de la Seguridad Social, escrituras de constitución, último modelo 303 presentado y declaración responsable de medios económicos suficientes.
- O proyecto de actividad económica si es para trabajar por cuenta propia, detallando inversión inicial y plan de negocio.
- Documentación que acredite vínculos familiares (libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de pareja de hecho, partida de nacimiento) o informe de arraigo social emitido por el ayuntamiento.
- Justificante de pago de las tasas modelo 790 código 052 (aproximadamente 80€).
- 3 fotografías tamaño carné recientes en color.
Dónde hacerlo en Santander
Puedes presentar tu solicitud de Arraigo Social en las Oficinas de Extranjería de las Delegaciones del Gobierno o en Comisarías de Policía Nacional con servicio de Extranjería. En Santander, la oficina principal se encuentra en:
Oficina de Extranjería de Santander
Calle Vargas, 53, 39010 Santander, Cantabria
Teléfono: 942 20 23 50
Es obligatorio solicitar cita previa online a través de la página web de la Secretaría de Estado de Migraciones o por teléfono.
Coste
El coste asociado al Arraigo Social incluye:
- Tasa modelo 790 código 052: aproximadamente 80€, que se paga al presentar la solicitud.
- Si se aprueba la solicitud, deberás pagar también la tasa de expedición de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), que es de aproximadamente 16€.
Plazos
El plazo de resolución para la solicitud de Arraigo Social es de 3 meses desde la presentación de la solicitud completa. Si no recibes respuesta en este tiempo, se entiende que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo negativo. En la práctica, muchas resoluciones se gestionan entre 1 y 3 meses.
Pasos a seguir
A continuación, te presentamos el proceso detallado paso a paso para solicitar el Arraigo Social en Santander:
- Verifica que cumples los 3 años de permanencia en España y solicita un certificado de empadronamiento histórico en tu ayuntamiento.
- Consigue un contrato de trabajo firmado de al menos 1 año de duración. El empleador debe comprometerse a darte de alta en la Seguridad Social tras la aprobación.
- Reúne los certificados de antecedentes penales: de España (en el Ministerio de Justicia) y de tu país de nacionalidad (en la embajada o consulado).
- Si tienes familiares en España, reúne la documentación que lo acredite. Si no, solicita el informe de arraigo en el ayuntamiento.
- El empleador debe preparar su documentación: TC2, vida laboral de la empresa, últimos modelos 303, escrituras, declaración responsable de medios económicos.
- Descarga y rellena el formulario EX-10 desde la web de extranjería.
- Realiza el pago de la tasa modelo 790 código 052 (aproximadamente 80€).
- Solicita cita previa en la Oficina de Extranjería de Santander o Comisaría de Policía.
- Acude a la cita con toda la documentación original y copias. Entrega el expediente completo.
- Realiza el seguimiento del estado de tramitación online o por teléfono.
- Si se aprueba, recibirás una notificación. Solicita nueva cita para tomar tu huella y recoger la TIE.
- El empleador debe darte de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la aprobación.
Consejos prácticos
- Prepara bien la documentación: La minuciosidad en la presentación de documentos es clave para evitar retrasos o denegaciones.
- Certificado de empadronamiento: Asegúrate de que refleje correctamente los 3 años de permanencia. Cambios de domicilio pueden complicar la situación.
- Contratos de trabajo: Deben ser reales y el empleador debe tener capacidad económica. Extranjería verifica la situación del empleador.
- Informe de arraigo: Si no tienes familiares en España, solicita este informe con antelación, ya que puede tardar en tramitarse.
- Antecedentes penales: Asegúrate de que estén apostillados y traducidos si es necesario. Esto es un aspecto clave que pueden revisar minuciosamente.
- Recuerda que el silencio administrativo es negativo. Si pasan 3 meses sin respuesta, tendrás que presentar un recurso o solicitar nuevamente.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo trabajar mientras espero la resolución de mi solicitud de Arraigo Social?
No, no podrás trabajar hasta que obtengas la autorización de residencia y trabajo. Es importante que esperes la resolución antes de iniciar cualquier actividad laboral.
2. ¿Qué sucede si mi solicitud es denegada?
Si tu solicitud es denegada, puedes analizar las causas de la denegación y corregir los errores o falta de documentación. Luego, podrás presentar una nueva solicitud.
3. ¿Cuánto tiempo tengo para renovar mi autorización de residencia tras el primer año?
Debes renovar tu autorización de residencia al menos con 60 días de antelación a la fecha de caducidad para evitar perder tu estatus legal en España.
4. ¿Puedo solicitar el Arraigo Social si he cambiado de empleador?
Sí, puedes cambiar de empleador, pero debes asegurarte de que el nuevo contrato cumpla con los requisitos establecidos. Recuerda que el nuevo empleador también debe darte de alta en la Seguridad Social.