Arraigo Social en Soria

Guía completa para arraigo social en Soria. Requisitos, documentos, costes y pasos detallados. Información actualizada 2026.

Soria
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Arraigo Social en Soria: Todo lo que Necesitas Saber

El Arraigo Social es una vía de regularización que permite a los extranjeros en situación irregular en España obtener una autorización de residencia y trabajo. Este procedimiento es especialmente relevante para aquellos que han permanecido en el país durante al menos tres años y han desarrollado vínculos familiares o sociales. En Soria, donde la comunidad extranjera ha ido en aumento, entender este trámite se vuelve esencial para asegurar un futuro legal y estable.

Regularizar tu situación es fundamental no solo para acceder a un empleo formal, sino también para disfrutar de los derechos y servicios que ofrece el sistema español. Este proceso, aunque exigente, permite a muchas personas establecerse de manera permanente en Soria y contribuir a la economía local.

Requisitos

Para poder solicitar el Arraigo Social en Soria, deberás cumplir con los siguientes requisitos:

  • Permanencia continuada en España durante al menos 3 años, demostrada mediante un certificado de empadronamiento histórico.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en cualquier país donde hayas residido en los últimos 5 años.
  • Vínculos familiares con nacionales españoles o extranjeros residentes (cónyuge, pareja de hecho, hijos, padres o hermanos), o en su defecto, un informe de arraigo social emitido por el ayuntamiento.
  • Contrato de trabajo firmado de al menos 12 meses a jornada completa (o superior al SMI si es a jornada parcial), o un proyecto de actividad económica por cuenta propia.
  • Compromiso del empleador de darte de alta en la Seguridad Social una vez obtengas la autorización.
  • No estar dentro del plazo de prohibición de entrada en España.
  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Documentación necesaria

A continuación, se detalla la documentación que deberás presentar para solicitar el Arraigo Social:

  • Formulario EX-10: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte: Original y copia de todas las páginas, vigente durante todo el periodo de tramitación.
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite 3 años de permanencia en España.
  • Certificado de antecedentes penales de España (expedido por el Ministerio de Justicia).
  • Certificados de antecedentes penales del país de nacionalidad y de residencia en los últimos 5 años (apostillados y traducidos si no están en español).
  • Contrato de trabajo firmado por el empleador y el trabajador.
  • Documentación que acredite vínculos familiares o informe de arraigo social.
  • Justificante de pago de las tasas modelo 790 código 052 (aproximadamente 80€).
  • 3 fotografías tamaño carné recientes en color.

Dónde hacerlo en Soria

En Soria, puedes realizar el trámite en la Oficina de Extranjería ubicada en:

  • Dirección: Plaza de la Constitución, 1, 42002 Soria, España.

Es obligatorio solicitar cita previa a través de la página oficial de extranjería o por teléfono.

Coste

El coste del trámite es el siguiente:

  • Tasa modelo 790 código 052: Aproximadamente 80€, que se paga al presentar la solicitud.
  • Si se aprueba, posteriormente hay que pagar la tasa de expedición de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), que cuesta aproximadamente 16€.

Plazos

El plazo de resolución del trámite es de 3 meses desde la presentación de la solicitud completa. Si no recibes respuesta en este tiempo, se entiende que la solicitud ha sido denegada por silencio negativo. En la práctica, suele resolverse entre 1 y 3 meses.

Pasos a seguir

Para solicitar el Arraigo Social en Soria, sigue estos pasos:

  1. Verifica que cumples con los 3 años de permanencia continuada en España. Solicita un certificado de empadronamiento histórico en tu ayuntamiento.
  2. Obtén un contrato de trabajo firmado de al menos 1 año. Asegúrate de que el empleador se comprometa a darte de alta en la Seguridad Social.
  3. Reúne los certificados de antecedentes penales de España y de tu país de nacionalidad.
  4. Si tienes familiares en España, reúne la documentación que lo acredite. Si no, solicita en tu ayuntamiento el informe de arraigo social.
  5. El empleador debe preparar su documentación: TC2, vida laboral de la empresa, últimos modelos 303, escrituras, declaración responsable de medios económicos.
  6. Descarga y completa el formulario EX-10 desde la web de extranjería.
  7. Realiza el pago de la tasa modelo 790 código 052.
  8. Solicita cita previa en la Oficina de Extranjería.
  9. Acude a la cita con toda la documentación original y copias, y entrega el expediente completo.
  10. Realiza seguimiento del estado de tramitación online o por teléfono.
  11. Si se aprueba, recibirás una notificación. Deberás solicitar nueva cita para tomarte la huella y recoger la TIE.
  12. El empleador debe darte de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la aprobación.

Consejos prácticos

  • Prepara bien la documentación: Asegúrate de que toda la documentación esté completa y correcta antes de presentar la solicitud. Esto puede evitar retrasos innecesarios.
  • Solicita el certificado de empadronamiento con tiempo: Este documento es clave y puede tardar en obtenerse.
  • Verifica la situación del empleador: Asegúrate de que tu futuro empleador tenga la capacidad económica para contratarte, ya que Extranjería revisa minuciosamente estos casos.
  • Ten en cuenta el informe de arraigo: Si no tienes familiares en España, solicita el informe de inserción social en tu ayuntamiento con antelación.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué sucede si me deniegan el Arraigo Social?
Si te deniegan la solicitud, analiza las causas. Puedes subsanar errores y volver a solicitarlo. Es importante no perder la motivación.

2. ¿Cuánto tiempo tengo para renovar la autorización de residencia?
Deberás renovar la autorización con al menos 60 días de antelación a la fecha de caducidad para evitar problemas con tu estatus.

3. ¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?
No, no puedes trabajar hasta que se apruebe tu solicitud y obtengas la TIE.

4. ¿Qué pasa si mi empleador no me da de alta en la Seguridad Social?
Si no te dan de alta en un mes tras la aprobación de tu solicitud, la autorización puede ser revocada. Es fundamental que el empleador cumpla con este requisito.

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