Arraigo Social en Madrid

Guía completa para arraigo social en Madrid. Requisitos, documentos, costes y pasos detallados. Información actualizada 2026.

Madrid
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Arraigo Social en Madrid: Guía Completa para Regularizar tu Situación

El Arraigo Social es una oportunidad invaluable para aquellos extranjeros que han permanecido en España de forma irregular durante al menos tres años y desean regularizar su situación. Esta figura legal permite obtener una autorización de residencia y trabajo, siempre que se cumplan ciertos requisitos específicos. En Madrid, donde la diversidad cultural es rica y las oportunidades laborales son abundantes, el arraigo social se convierte en una vía fundamental para integrarse plenamente en la sociedad española.

Si te encuentras en esta situación, es crucial conocer los pasos y requisitos necesarios para llevar a cabo este trámite correctamente. A continuación, te ofrecemos una guía completa sobre el Arraigo Social en Madrid, con detalles específicos que te ayudarán en tu proceso de regularización.

Requisitos

Para poder solicitar el Arraigo Social en Madrid, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Permanencia en España: Haber residido de forma continuada en España durante al menos 3 años, que se debe acreditar mediante un certificado de empadronamiento histórico.
  • Antecedentes penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países donde has residido en los últimos 5 años.
  • Vínculos familiares: Contar con lazos familiares en España (cónyuge, hijos, padres o hermanos residentes legalmente) o presentar un informe de arraigo social emitido por el ayuntamiento.
  • Contrato de trabajo: Disponer de un contrato de trabajo firmado de al menos 12 meses de duración a jornada completa, o un plan de negocio si se trata de una actividad económica por cuenta propia.
  • Compromiso del empleador: El empleador debe comprometerse a dar de alta al trabajador en la Seguridad Social inmediatamente tras la concesión.
  • Prohibición de entrada: No estar dentro del plazo de prohibición de entrada en España.
  • Ciudadanía: No ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Documentación necesaria

Para presentar tu solicitud de Arraigo Social, debes reunir la siguiente documentación:

  • Formulario EX-10: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte: Original y copia de todas las páginas, que debe estar vigente durante todo el período de tramitación.
  • Certificado de empadronamiento histórico: Que acredite 3 años de permanencia continuada en España.
  • Certificado de antecedentes penales de España: Expedidos por el Ministerio de Justicia.
  • Certificado de antecedentes penales del país o países de nacionalidad: Apostillado y traducido si no está en español.
  • Contrato de trabajo: Firmado y con duración mínima de 1 año. El empleador debe aportar: vida laboral de la empresa, modelo TC2 de la Seguridad Social, escrituras de constitución, último modelo 303 presentado, declaración responsable de medios económicos.
  • Documentación de vínculos familiares: Libro de familia, certificado de matrimonio, certificado de pareja de hecho o partida de nacimiento, o informe de arraigo social.
  • Justificante de pago de tasas: Modelo 790 código 052 (aproximadamente 80€).
  • Fotografías: 3 fotografías recientes tamaño carné.

Dónde hacerlo en Madrid

En Madrid, puedes realizar la solicitud de Arraigo Social en las Oficinas de Extranjería. Algunas de las más importantes son:

  • Oficina de Extranjería de Madrid Centro: Calle Vallehermoso, 79, 28015 Madrid.
  • Oficina de Extranjería de Madrid Norte: Calle Montalbán, 1, 28014 Madrid.
  • Comisaría de Policía Nacional con servicio de Extranjería: Consulta en el sitio web para verificar si hay otras comisarías con este servicio.

Es importante que solicites cita previa a través de la web de Extranjería o por teléfono antes de acudir.

Coste

El coste del trámite es el siguiente:

  • Tasa modelo 790 código 052: Aproximadamente 80€, que se abona al presentar la solicitud.
  • Si se aprueba, también tendrás que pagar la tasa de expedición de la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero), que ronda los 16€.

Plazos

El plazo de resolución para el Arraigo Social es de 3 meses desde la presentación de la solicitud completa. Si transcurre este tiempo sin respuesta, se considera que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. Sin embargo, en la práctica, muchos casos se resuelven entre 1 y 3 meses.

Pasos a seguir

A continuación, te presentamos los pasos que debes seguir para solicitar el Arraigo Social:

  1. Verifica tu permanencia: Asegúrate de cumplir con los 3 años de residencia en España. Solicita un certificado de empadronamiento histórico en tu ayuntamiento.
  2. Contrato de trabajo: Consigue un contrato de trabajo firmado de al menos 1 año.
  3. Certificados de antecedentes penales: Obtén los certificados necesarios de España y de tu país de nacionalidad.
  4. Documentación de vínculos familiares: Reúne la documentación que acredite tus vínculos familiares o solicita el informe de arraigo en tu ayuntamiento.
  5. Documentación del empleador: Asegúrate de que tu empleador prepare la documentación requerida.
  6. Rellena el formulario EX-10: Descárgalo y complétalo desde la web de Extranjería.
  7. Pago de tasas: Realiza el pago del modelo 790 código 052.
  8. Cita previa: Solicita tu cita en la Oficina de Extranjería o en la comisaría correspondiente.
  9. Presenta la solicitud: Acude a la cita con toda la documentación original y copias.
  10. Seguimiento: Realiza un seguimiento del estado de tu solicitud a través de los canales oficiales.
  11. Notificación: Si es aprobado, recibirás una notificación para tomar la huella y recoger la TIE.
  12. Alta en la Seguridad Social: Tu empleador debe darte de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la aprobación.

Consejos prácticos

  • Prepara bien la documentación: Asegúrate de que todos los documentos estén completos y en orden, ya que cualquier error puede retrasar tu solicitud.
  • Solicita el certificado de empadronamiento a tiempo: Este documento es esencial y puede tardar en gestionarse.
  • El contrato de trabajo debe ser real: Asegúrate de que tu empleador tiene la capacidad económica para cumplir con el contrato.
  • Infórmate sobre el informe de arraigo: Si no tienes familiares en España, este informe puede tardar semanas en emitirse, así que pídelo con antelación.
  • Recuerda el silencio administrativo: Si no recibes respuesta en 3 meses, considera presentar un recurso o volver a solicitarlo.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué sucede si se me deniega la solicitud de Arraigo Social?

Si tu solicitud es denegada, puedes analizar las causas y subsanar los errores. Tienes derecho a presentar un recurso o volver a solicitarlo.

2. ¿Puedo trabajar mientras se procesa mi solicitud?

No puedes trabajar legalmente hasta que recibas la aprobación de tu Arraigo Social y obtengas la TIE.

3. ¿Qué pasa si mi empleador no me da de alta en la Seguridad Social tras la aprobación?

Si tu empleador no te da de alta en la Seguridad Social dentro del mes siguiente a la aprobación, puedes perder tu autorización de residencia y trabajo.

4. ¿Es posible solicitar el Arraigo Social si tengo antecedentes penales en mi país de origen?

Sí, puedes solicitar el Arraigo Social siempre que no tengas antecedentes penales en España y en los países donde has residido en los últimos 5 años.

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