Modelo 650/651 - Sucesiones y Donaciones en Madrid

Guía completa para modelo 650/651 - sucesiones y donaciones en Madrid. Requisitos, documentos, costes y pasos detallados. Información actualizada 2026.

Madrid
hacienda
5 min de lectura

Modelo 650/651 - Sucesiones y Donaciones en Madrid

Introducción

El Modelo 650/651 es un documento crucial en el ámbito de las herencias y donaciones en España, específicamente en la comunidad de Madrid. Este impuesto, conocido formalmente como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se aplica a la transmisión de bienes y derechos, ya sea por herencia o por donación. Si has recibido una herencia o estás considerando hacer una donación, es fundamental que conozcas este trámite, ya que su correcta gestión te permitirá cumplir con tus obligaciones fiscales y evitar problemas con la Agencia Tributaria.

Entender cómo funciona este modelo es esencial, no solo para cumplir con la ley, sino también para optimizar la carga tributaria que puede derivarse de estas transmisiones patrimoniales. En Madrid, la normativa y los procedimientos pueden variar ligeramente, por lo que estar bien informado te ayudará a navegar por este proceso con confianza.

Requisitos

Para poder presentar el Modelo 650/651 en Madrid, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser el heredero o donatario de bienes o derechos.
  • Contar con la capacidad legal para recibir una herencia o donación.
  • Realizar la presentación del modelo dentro del plazo establecido.
  • Tener identificada la valoración de los bienes que se incluyen en la herencia o donación.

Documentación necesaria

A continuación, se detalla la documentación que deberás presentar junto con el Modelo 650/651:

  1. Fotocopia del DNI/NIE del solicitante y de todos los herederos o donatarios.
  2. Certificado de defunción del causante (en caso de sucesiones).
  3. Último testamento o declaración de herederos (si no hay testamento).
  4. Valoración de los bienes y derechos incluidos en la herencia o donación.
  5. Justificante del pago del impuesto (si se ha realizado).
  6. Documentos que acrediten la relación entre el donante y el donatario (en caso de donaciones).

Dónde hacerlo en Madrid

Puedes presentar el Modelo 650/651 de forma presencial o a través de Internet. Aquí te dejamos algunas opciones:

Presencial

  • Oficina de la Agencia Tributaria de Madrid
    • Dirección: Calle de Vallehermoso, 79, 28015 Madrid
    • Teléfono: 915 85 84 00

Online

Coste

El impuesto sobre sucesiones y donaciones varía según el valor de los bienes y derechos transmitidos. En Madrid, las tarifas son progresivas y pueden oscilar entre el 7.65% y el 34% dependiendo del valor total.

Formas de pago

  • El pago puede realizarse en efectivo en la entidad bancaria que colabora con la Agencia Tributaria o mediante domiciliación bancaria, si lo haces online.

Plazos

El plazo para presentar el Modelo 650/651 es de seis meses a partir del fallecimiento del causante o de la fecha de la donación. Si no se presenta en este plazo, se pueden aplicar recargos o sanciones. Es recomendable presentar el modelo lo antes posible para evitar contratiempos.

Pasos a seguir

  1. Reúne toda la documentación necesaria según lo mencionado anteriormente.
  2. Valora los bienes y derechos que se incluyen en la herencia o donación.
  3. Rellena el Modelo 650/651, asegurándote de incluir todos los datos correctos.
  4. Presenta el modelo en la oficina de la Agencia Tributaria o a través de la plataforma online.
  5. Realiza el pago del impuesto en la entidad colaboradora o mediante domiciliación.
  6. Guarda copia de toda la documentación presentada y del justificante de pago.

Consejos prácticos

  • Consulta a un profesional: Si la herencia o donación es compleja, considera la opción de asesorarte con un abogado o un gestor especializado en herencias.
  • Valora adecuadamente los bienes: Un error en la valoración puede llevar a un pago incorrecto del impuesto. Es recomendable contar con un tasador profesional.
  • Infórmate sobre bonificaciones: En la Comunidad de Madrid hay bonificaciones que pueden reducir significativamente el impuesto a pagar, especialmente para familias numerosas o herencias directas.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué sucede si no presento el Modelo 650/651 en el plazo establecido?

No presentar el modelo en el plazo de seis meses puede acarrear recargos y sanciones. Además, perderías el derecho a bonificaciones que podrían reducir la carga tributaria.

2. ¿Es obligatorio hacer la valoración de los bienes?

Sí, es obligatorio realizar una valoración de todos los bienes y derechos que se incluyen en la herencia o donación, ya que esta valoración determina el importe del impuesto a pagar.

3. ¿Puedo presentar el modelo sin la documentación completa?

No, es imprescindible presentar toda la documentación requerida para poder tramitar correctamente el modelo. La falta de algún documento puede retrasar el proceso.

4. ¿Qué bonificaciones existen en Madrid para el impuesto de sucesiones y donaciones?

En Madrid, existen bonificaciones del 99% en el impuesto para herencias directas entre padres e hijos, así como bonificaciones específicas para personas con discapacidad. Es importante consultar las condiciones específicas para acceder a estas bonificaciones.

¿Tienes dudas sobre este trámite?

Pregunta a nuestra IA especializada en trámites españoles. Te responderá al instante.

💬 Hablar con la IA