Baja de autónomo / cese de actividad en Palma de Mallorca
Guía completa para baja de autónomo / cese de actividad en Palma de Mallorca. Requisitos, documentos, costes y pasos detallados. Información actualizada 2026.
Índice de contenidos
Si te encuentras en la situación de tener que dar de baja tu actividad como autónomo en Palma de Mallorca, es fundamental que comprendas el proceso de cese de actividad. Este trámite no solo implica la baja en Hacienda y en la Seguridad Social, sino que también te permite solicitar una prestación económica si cumples con ciertos requisitos. En este artículo, te proporcionaremos todos los detalles necesarios para realizar este trámite de manera efectiva.
Requisitos
Para poder dar de baja tu actividad como autónomo y solicitar la prestación por cese, deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Haber cotizado un mínimo de 12 meses de manera continua para poder optar a la prestación por cese de actividad.
- El cese debe ser involuntario, es decir, deberás demostrar que la causa del cese se debe a situaciones como pérdidas económicas, fuerza mayor, etc.
Documentación necesaria
A continuación, te mencionamos la documentación que deberás presentar para completar el trámite:
- DNI o NIE: Documento de identidad que acredite tu identidad.
- Modelo 036/037: Este es el formulario que se utiliza para la baja censal en Hacienda.
- Modelo TA.0521: Formulario de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.
- Documentación acreditativa del cese involuntario: Esto puede incluir informes de pérdidas, contratos, cartas de despido, etc.
Dónde hacerlo en Palma de Mallorca
El proceso de baja se puede realizar de manera presencial y online. A continuación, te indicamos los lugares donde puedes gestionar tu baja:
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Hacienda: Puedes presentar el modelo 036/037 en la sede de la Agencia Tributaria. En Palma, la oficina principal está ubicada en:
- Carrer de José Vilallonga, 1, 07003 Palma, Illes Balears.
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Seguridad Social: Para dar de baja en el RETA, puedes hacerlo a través de la plataforma Import@ss o de manera presencial. Si decides hacerlo presencialmente, puedes acudir a:
- Carrer de Miquel dels Sants Oliver, 4, 07003 Palma, Illes Balears.
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Solicitud de prestación: Para solicitar la prestación por cese de actividad, dirígete al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) o a tu mutua colaboradora.
Coste
La buena noticia es que el proceso de baja como autónomo no tiene ningún coste asociado. Tanto la presentación de los formularios como la gestión administrativa son gratuitas.
Plazos
Es importante que estés atento a los plazos establecidos:
- Baja en Hacienda y Seguridad Social: Debes comunicar el cese en un plazo de 3 días naturales a partir de la fecha en que cesas la actividad.
- Solicitud de prestación: Si cumples con los requisitos para solicitar la prestación, deberás hacerlo en un plazo de 30 días desde que te das de baja.
Pasos a seguir
- 1Presenta la baja en Hacienda: Completa y presenta el modelo 036/037 en la oficina correspondiente o de forma online.
- 2Comunica la baja en la Seguridad Social: Utiliza el modelo TA.0521 para dar de baja en el RETA, que puedes presentar online a través de Import@ss o de forma presencial.
- 3Solicita la prestación por cese: Si cumples los requisitos, dirígete al SEPE o a tu mutua colaboradora para solicitar la prestación.
- 4Presenta la documentación acreditativa: Asegúrate de incluir toda la documentación que justifique el cese involuntario.
Consejos prácticos
- Prioriza la baja en Hacienda: Es recomendable que primero gestiones tu baja en Hacienda antes de hacerlo en la Seguridad Social.
- Sé rápido con la solicitud de la prestación: Realiza la solicitud en los primeros 30 días para no perder días de prestación.
- Infórmate sobre compatibilidades: La prestación por cese de actividad puede ser compatible con el inicio de una nueva actividad en algunos casos. Consulta con un asesor para más detalles.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si no presento la baja a tiempo?
¿Puedo seguir trabajando mientras solicito la prestación?
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud de prestación?
¿Es necesario justificar el motivo del cese?
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