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Prestación por nacimiento y cuidado de menor
La prestación por nacimiento y cuidado de menor (antigua maternidad/paternidad) otorga a ambos progenitores 16 semanas de permiso retribuido al 100% de la base reguladora. Las 6 primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto/adopción. Las 10 restantes pueden distribuirse en períodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses.
Seguridad Social
2 min de lectura
Coste
Gratuito (recibes el 100% de tu base ...
Plazo
La solicitud debe hacerse en los 15 d...
Dónde
Online en sede.seg-social.gob.es o pr...
Índice de contenidos
Requisitos
- Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social
- Tener cotización mínima (180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda la vida laboral)
- Estar al corriente de pago de cuotas (autónomos)
Documentos necesarios
- DNI/NIE
- Informe de maternidad del hospital
- Libro de familia o certificado de nacimiento
- Certificado de empresa
Pasos a seguir
- 1Comunicar el nacimiento a tu empresa
- 2Solicitar la prestación en el INSS (online o presencial)
- 3Presentar el informe de maternidad y documentación
- 4El INSS resuelve y empieza a pagar la prestación
Plazos
La solicitud debe hacerse en los 15 días siguientes al nacimiento. El pago comienza desde la fecha del hecho causante.
Coste
Gratuito (recibes el 100% de tu base reguladora)
Dónde hacerlo
Online en sede.seg-social.gob.es o presencialmente en oficinas del INSS
Consejos útiles
- Ambos progenitores tienen derecho a 16 semanas independientes
- Las 10 semanas opcionales se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses
- Si eres autónomo, solicita la prestación antes del parto si es posible
Errores comunes a evitar
- No solicitar a tiempo y perder días de prestación
- Desconocer que el otro progenitor también tiene 16 semanas
- No avisar a la empresa con suficiente antelación
Enlace oficial
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