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Alta autónomo RETA — guía completa

El alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) es obligatoria para toda persona que inicie una actividad económica por cuenta propia en España. Desde 2023, la cuota de autónomos se calcula por ingresos reales, con una tarifa plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses (ampliable a 24 si los ingresos netos no superan el SMI). El proceso requiere darse de alta primero en Hacienda (modelo 036/037) y después en la Seguridad Social.

Autónomos
2 min de lectura
Coste
Tarifa plana: 80 €/mes los primeros 1...
Plazo
El alta debe hacerse antes de iniciar...
Dónde
Online en Import@ss (importass.seg-so...

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años
  • DNI/NIE en vigor
  • Haber realizado previamente el alta censal en Hacienda (modelo 036/037)
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de la actividad

Documentos necesarios

  • DNI/NIE
  • Modelo TA.0521 (solicitud de alta en RETA)
  • Justificante de alta en Hacienda (modelo 036/037)
  • Número de la Seguridad Social
  • Datos bancarios para domiciliar la cuota

Pasos a seguir

  1. 1Darse de alta en Hacienda con el modelo 036/037
  2. 2Solicitar el número de la Seguridad Social si no lo tienes
  3. 3Cumplimentar el modelo TA.0521
  4. 4Presentar el alta en Import@ss o presencialmente
  5. 5Elegir tu base de cotización según ingresos estimados
  6. 6Domiciliar el pago de la cuota mensual

Plazos

El alta debe hacerse antes de iniciar la actividad o en los 60 días anteriores. Tiene efecto desde el día 1 de la actividad.

Coste

Tarifa plana: 80 €/mes los primeros 12 meses. Después, cuota según ingresos reales (mínimo ~230 €/mes, máximo ~530 €/mes en 2026).

Dónde hacerlo

Online en Import@ss (importass.seg-social.gob.es) o presencialmente en oficinas de la Seguridad Social con cita previa

Consejos útiles

  • Aprovecha la tarifa plana de 80 €/mes: es la mejor condición de entrada
  • Primero Hacienda (036/037), después Seguridad Social (RETA)
  • Elige una base de cotización realista: afecta a tus prestaciones futuras

Errores comunes a evitar

  • Darse de alta en la Seguridad Social antes que en Hacienda
  • No comunicar el inicio de actividad a tiempo (sanción)
  • Elegir la base mínima de cotización y luego tener prestaciones muy bajas

Enlace oficial

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